Testamento de persona con discapacidad: validez del otorgamiento

El testamento es un documento crucial que define la última voluntad de una persona. Para aquellos con discapacidades, la capacidad de otorgar un testamento puede ser un tema de gran preocupación y confusión. Sin embargo, la legislación actual en España ha evolucionado para garantizar que estas personas puedan ejercer su derecho a testar, siempre que se cumplan ciertos criterios. A continuación, exploraremos en profundidad este importante tema, aclarando conceptos y procedimientos que pueden ser vitales.

Capacidad testamentaria y discapacidad: contexto legal actual

En España, la normativa establece que cualquier persona mayor de 14 años que esté en su sano juicio puede otorgar un testamento, tal como se indica en el artículo 662 del Código Civil. El término «sano juicio» se refiere a la capacidad de comprender y querer lo que se está haciendo en el momento de realizar el testamento. Las personas con discapacidad no están excluidas de esta posibilidad; lo decisivo es su capacidad para entender el acto que están llevando a cabo.

Historicamente, las leyes utilizaban terminología que hoy se considera obsoleta, como «incapacitados.» Gracias a la Convención de la ONU de 2006 y la reforma introducida por la Ley 8/2021, se ha eliminado la figura de la “incapacitación legal”. Actualmente, el enfoque se centra en el apoyo, permitiendo que todas las personas, independientemente de su discapacidad, puedan realizar actos jurídicos si tienen la comprensión adecuada.

Con la entrada en vigor de la Ley 8/2021 en septiembre de 2021, se establece claramente que una persona con discapacidad puede otorgar un testamento siempre que, en ese momento, posea la aptitud suficiente para comprender y expresar su voluntad. El notario se convierte en la figura clave, responsable de verificar esa aptitud y asegurarse de que el testador entiende sus decisiones.

Sin embargo, esto no implica que cualquier persona con discapacidad pueda otorgar un testamento en cualquier circunstancia. Si, en el momento de la firma, el testador no puede entender el significado del documento debido a una discapacidad severa o una enfermedad mental descompensada, el notario no podrá autorizar el testamento. La evaluación debe hacerse caso por caso, considerando el estado específico del testador.

El papel del notario y las medidas de apoyo en el proceso testamentario

El notario desempeña un papel esencial en la validación de un testamento, especialmente cuando se trata de personas con discapacidad. De acuerdo con la nueva normativa, el notario debe asegurarse de que el testador comprende el contenido y las consecuencias de su testamento, lo que garantiza que la voluntad expresada sea auténtica y libre de coerciones.

Para facilitar este entendimiento, la ley permite que el notario implemente una serie de medidas de apoyo y ajustes razonables en el acto de otorgamiento del testamento. Algunos ejemplos incluyen:

  • Uso de medios alternativos de comunicación para personas con discapacidad auditiva o del habla.
  • Lectura del testamento en voz alta o proporcionar el texto en braille para personas con discapacidad visual.
  • Utilización de un lenguaje más claro y sencillo para personas con discapacidad intelectual.
  • Involucrar a un facilitador o persona de apoyo que conozca al testador, asegurando que la voluntad expresada sea genuina.

Además, ya no se requiere la presencia de testigos obligatorios a menos que se den circunstancias muy específicas. Por ejemplo, si el testador no puede firmar. Esto implica que la expresión de la voluntad puede realizarse a través de diversos medios, como sistemas pictográficos o el uso de intérpretes de signos, siempre que se respete la autenticidad de la voluntad del testador.

Garantías y limitaciones en la validez del testamento

A pesar de las facilidades que brinda la normativa vigente, existe un límite fundamental: si la persona no está en condiciones de entender el testamento en el momento de su otorgamiento, no podrá hacerlo válidamente. Por ejemplo, un individuo con un deterioro cognitivo avanzado, como una demencia en etapa final, no podría otorgar un testamento, independientemente de cualquier declaración de voluntad previa.

La principal diferencia con la legislación anterior es que, antes, muchas veces se prohibía el intento de realizar un testamento ante la duda de la capacidad del testador. Ahora, la ley favorece la inclusión y la posibilidad de otorgar apoyos que faciliten el proceso, permitiendo que se evalúe cada caso de manera individual.

¿Quién puede hacer el testamento de una persona con discapacidad?

La capacidad para hacer un testamento no se limita a las personas sin discapacidad. Las personas con discapacidad pueden otorgar un testamento, siempre que se pueda demostrar que tienen la capacidad de entender y expresar su voluntad en el momento de la firma. En ocasiones, se puede requerir la asistencia de un familiar o un amigo, siempre que su presencia no interfiera en la libre expresión del testador.

Es importante que se respete el principio de que el testamento es un acto “personalísimo”, lo que significa que nadie puede sustituir la voluntad del testador. Sin embargo, el apoyo de otros puede ser crucial para garantizar que el testador se sienta cómodo y pueda expresar adecuadamente sus deseos.

¿Quiénes no pueden otorgar testamento?

Existen ciertas circunstancias en las que una persona no puede otorgar un testamento. Estas incluyen:

  • Personas menores de 14 años.
  • Individuos que, en el momento de otorgar el testamento, no comprendan el acto debido a una incapacidad temporal o permanente.
  • Aquellos que están bajo un régimen de tutela o curatela, si no se demuestra que pueden actuar con plena autonomía.

La determinación de estas limitaciones se basa en evaluaciones específicas y, en algunos casos, puede ser necesario el dictamen de un profesional de la salud o un abogado que acredite la capacidad del testador.

Cuándo un testamento es inválido

Un testamento puede ser declarado inválido por varias razones. Algunas de las más comunes incluyen:

  • Si el testador no tenía la capacidad legal para otorgarlo en el momento de la firma.
  • En casos donde el testamento no cumple con los requisitos formales exigidos por la ley.
  • Si el testador fue objeto de coacción o fraude al expresar su voluntad.

Es vital que todos los aspectos legales se cumplan para que el testamento sea considerado válido y se respete la voluntad del testador. Por ello, se recomienda contar con asesoramiento legal adecuado, especialmente en situaciones complejas.

Si usted o un familiar con discapacidad está considerando hacer un testamento, es fundamental buscar la ayuda de profesionales que puedan guiarlo a través del proceso, asegurando que todos los aspectos legales se manejen adecuadamente y que se respeten los deseos del testador.

Nota: Este artículo tiene fines informativos y no debe considerarse asesoramiento legal. Para situaciones específicas, consulte con un abogado o notario de confianza.

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