Heredero Instituido Bajo Condición

Concepto de Heredero Instituido Bajo Condición

En el ámbito del derecho sucesorio español, el concepto de Heredero Instituido Bajo Condición se refiere a la persona nombrada como heredera en un testamento, pero cuyo derecho a heredar está sujeto a la ocurrencia de una condición determinada.

La institución de heredero bajo condición implica que el nombramiento como heredero solo se materializará si se cumplen las condiciones establecidas en el testamento. En caso de que la condición no se cumpla, el nombramiento como heredero no tendrá efecto y se aplicarán las disposiciones testamentarias alternativas o las reglas de sucesión intestada, según corresponda.

Ejemplo de Heredero Instituido Bajo Condición

Para ilustrar este concepto, consideremos el siguiente ejemplo: Juan decide redactar su testamento y nombra a su hija Marta como heredera instituida bajo condición. La condición establecida es que Marta solo heredará la propiedad de Juan si se gradúa de abogada antes de cumplir los 30 años.

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En esta situación, Marta solo será heredera de Juan si cumple con la condición de obtener su título de abogada antes de su trigésimo cumpleaños. Si Marta no cumple con esta condición, la institución de heredero bajo condición no tiene efecto y se aplicarán las disposiciones testamentarias alternativas o las reglas de sucesión intestada.

Cabe destacar que este concepto se encuentra regulado en el Código Civil español. El artículo 781 del Código Civil establece que «la institución de heredero bajo condición suspensiva no tendrá efecto hasta que se cumpla la condición». De esta manera, el Código Civil reconoce y regula la figura del heredero instituido bajo condición, brindando seguridad jurídica en el ámbito testamentario.

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