Reconocimiento de herencias de fallecidos en el extranjero en España

El proceso de gestionar una herencia puede complicarse significativamente cuando el fallecido vivió en el extranjero. Las diferencias en las leyes sucesorias entre países y los requerimientos legales específicos pueden confundir y frustrar a los herederos. En este artículo, exploraremos los pasos necesarios para el reconocimiento de herencias de personas fallecidas en el extranjero, centrándonos en los protocolos establecidos en España.

Registro del fallecimiento en España

El primer paso en el proceso de herencia es asegurar que el fallecimiento esté debidamente registrado en España. Cuando un ciudadano español fallece en el extranjero, sus familiares deben inscribir dicho fallecimiento en el Registro Civil Consular correspondiente al país donde ocurrió o directamente en el Registro Civil Central de España. Este trámite es esencial para obtener un certificado de defunción español válido, que será utilizado en todos los procedimientos sucesorales posteriores.

En algunos casos, los herederos pueden presentar un certificado de defunción emitido en el extranjero, siempre y cuando esté legalizado o apostillado y traducido al español. Sin embargo, para ciertos trámites, la inscripción en un registro español es indispensable. Por ejemplo, si un ciudadano español fallece en Francia, sus herederos deberán registrar el óbito a través del Consulado español en ese país, para luego gestionar la herencia en España con el certificado de defunción correspondiente.

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Obtención del certificado de últimas voluntades y testamento internacional

Tras registrar el fallecimiento, es necesario obtener el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad en España. Este documento confirmará si el fallecido había otorgado testamento en territorio español y, en caso afirmativo, ante qué notario. Si no existiera un testamento español, se deberá presentar el testamento o documento sucesorio vigente en el país donde el difunto residía.

Es fundamental entender las diferencias en el testamento según la nacionalidad del fallecido:

  • Si el difunto era español, es posible que haya dejado un testamento en España o ante un notario consular que estará inscrito en el registro español.
  • Si el fallecido era extranjero, no habrá un testamento que conste en el registro español, por lo que se aplicarán las leyes de su país de origen o el testamento correspondiente.

Por ejemplo, si un británico fallece en el Reino Unido y deja un testamento británico, los herederos recibirán un Grant of Probate (resolución judicial británica). Para que este documento sea reconocido en España, se puede gestionar un Certificado Sucesorio Europeo (CSE), el cual facilitará la validación de los derechos de los herederos en toda la Unión Europea.

Legalización y traducción de documentos extranjeros

Cualquier documento extranjero que se presente en España debe cumplir con ciertos requisitos legales. Esto incluye:

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  • Apostilla de La Haya (si el país está adherido al convenio) o legalización consular, que certifica la autenticidad del documento.
  • Traducción oficial al español, a menos que el documento esté en un idioma que una autoridad española entienda. Generalmente, se requiere una traducción jurada.

Por ejemplo, si se presenta un certificado de defunción estadounidense, este debe contar con la Apostilla de La Haya y estar traducido al español por un traductor jurado.

Elección de la ley aplicable y resolución del país competente

En el ámbito de las herencias internacionales, la normativa aplicable varía entre países. En la Unión Europea, la regulación del Reglamento 650/2012 establece que la ley aplicable a la herencia será, por defecto, la del país de residencia habitual del fallecido. Sin embargo, es posible que el difunto haya optado por la ley de su nacionalidad en su testamento.

Esto implica que, si un ciudadano alemán fallece en España, su herencia se tramitará conforme a la ley española, a menos que el testamento indique lo contrario. Por el contrario, un español que muere en el extranjero puede ver aplicadas las leyes del país donde residía. En muchos casos, los españoles optan por incluir una cláusula en su testamento que establece la aplicación de la ley española, lo que simplifica el proceso de adjudicación de la herencia.

La elección de la ley es crucial, ya que determinará cómo se distribuyen los bienes y qué autoridad es responsable de emitir el certificado sucesorio correspondiente.

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Adjudicación de bienes en España

Una vez que se han cumplido todos los pasos anteriores, incluyendo la obtención de los certificados necesarios, se puede proceder a la adjudicación de bienes en España. Para ello, los herederos deben presentar:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades y, si existe, el testamento o sus equivalentes extranjeros.
  • Certificado Sucesorio Europeo o documentación que acredite a los herederos.
  • Todos los documentos deben estar legalizados y traducidos.

Con esta documentación, los herederos pueden acudir a un notario español para formalizar la escritura de manifestación, aceptación y adjudicación de herencia. En esta escritura, el notario reconocerá a los herederos y repartirá los bienes situados en España, como inmuebles y cuentas bancarias.

Impuesto de sucesiones en herencias transfronterizas

La fiscalidad de las herencias transfronterizas puede ser compleja. En España, el Impuesto de Sucesiones debe ser abonado en los siguientes casos:

  • Si el causante era residente fiscal en España, su herencia tributará en España por todos los bienes que poseía en el mundo.
  • Si el causante era no residente pero tenía bienes en España, los herederos deberán pagar el impuesto por esos bienes situados en territorio español.

En algunos casos, los herederos pueden tener derecho a devoluciones por doble imposición en sus países de residencia. Es importante destacar que, dependiendo de la nacionalidad del fallecido y el país donde se encuentre, puede haber la obligación de pagar impuestos en ambos lugares. Por ejemplo, un alemán que vive en Alemania y tiene propiedades en España deberá abonar impuestos en ambos países, aunque existen convenios de doble imposición que pueden ayudar a mitigar este problema.

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Reconocimiento de resoluciones extranjeras

Cuando la herencia se ha tramitado completamente en el extranjero, es posible que se requiera un procedimiento de exequatur en España para reconocer las resoluciones judiciales extranjeras. Sin embargo, la implementación del Certificado Sucesorio Europeo ha simplificado enormemente este proceso dentro de la UE, haciendo que el exequatur sea menos común. En los casos de países fuera de la UE, el reconocimiento dependerá de los convenios bilaterales existentes.

Los pasos clave para el reconocimiento de herencias son los siguientes:

  1. Inscribir el fallecimiento y obtener los certificados correspondientes.
  2. Determinar los herederos según la ley aplicable y obtener el testamento o declaración hereditaria válida.
  3. Legalizar y traducir todos los documentos necesarios.
  4. Otorgar la escritura de herencia en España para los bienes locales, aportando toda la documentación anterior.
  5. Liquidar el Impuesto de Sucesiones en España por esos bienes.

Además, es fundamental notificar a los Registros de la Propiedad, bancos y otras instituciones en España con la escritura final para realizar los cambios de titularidades pertinentes.

Si te enfrentas a la complejidad de gestionar una herencia internacional, es recomendable buscar asesoría especializada que te guíe a través de todos los pasos necesarios y asegure el cumplimiento legal en ambas jurisdicciones. Manejar herencias de personas fallecidas en el extranjero puede ser un proceso complicado, pero con la información y el apoyo adecuados, se puede realizar de manera efectiva y eficiente.

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Este artículo ofrece una visión general de los trámites relacionados con herencias internacionales y no sustituye la asesoría especializada. Cada país tiene sus propias leyes de sucesión y fiscales, por lo que se recomienda consultar a abogados expertos en derecho internacional privado para casos específicos.

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