Colación

Concepto de Colación

La colación, en el derecho sucesorio español, se refiere al acto de computar o agregar a la masa hereditaria los bienes o donaciones recibidas por el heredero o legatario antes del fallecimiento del causante. Este concepto se encuentra regulado en el Código Civil español, específicamente en los artículos 818 al 846.

La colación tiene como objetivo asegurar la igualdad entre los herederos y legatarios, evitando que uno de ellos resulte beneficiado en detrimento de los demás. Es decir, busca garantizar la igualdad en la distribución de la herencia, teniendo en cuenta los bienes o donaciones que el heredero o legatario haya recibido en vida del fallecido.

Ejemplo de Colación

Para entender mejor el concepto de colación, consideremos el siguiente ejemplo:

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Supongamos que Juan, padre de tres hijos: Pedro, María y Ana, decide donar una vivienda a Pedro antes de su fallecimiento. Al momento de la sucesión, es necesario realizar la colación de esta donación para que se tenga en cuenta al momento de la distribución de la herencia.

Si Juan dejara como herencia únicamente una vivienda y no se realizara la colación, Pedro recibiría dos propiedades (la donada y la heredada) mientras que María y Ana no recibirían ninguna propiedad. Sin embargo, al realizar la colación, se considera el valor de la vivienda donada y se distribuirá equitativamente entre los tres hijos.

En este caso, la colación permitirá que Pedro deba compensar a sus hermanas con el valor de la vivienda donada, para que todos reciban una parte justa de la herencia.

Es importante destacar que la colación puede variar según las circunstancias particulares de cada caso y la voluntad del causante expresada en su testamento. Por lo tanto, es fundamental consultar a un experto en derecho sucesorio para obtener asesoramiento adecuado en situaciones específicas.

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